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Política
Un derecho vacío

El Gobierno avanza sobre la huelga: un proyecto que convierte el conflicto laboral en delito

El proyecto restringe la huelga, criminaliza modalidades históricas de protesta y habilita sanciones disciplinarias, civiles y penales contra trabajadores y sindicatos.

05 Diciembre de 2025 09:07
La diputada Verónica Razzini junto a Menem y Bullrich

El derecho de huelga -una de las herramientas fundamentales para equilibrar la relación entre trabajadores y empleadores- quedó nuevamente bajo ataque. Un proyecto de ley presentado por la diputada Verónica Razzini, quien acaba de pasarse al bloque de La Libertad Avanza, busca establecer un "nuevo marco legal" que, en los hechos, recorta, condiciona y penaliza el ejercicio de la protesta sindical. 

La diputada Verónica Razzini

La iniciativa, respaldada por 14 legisladores oficialistas, asegura responder a la "necesidad imperiosa" de brindar "seguridad jurídica" a las relaciones laborales. Pero la trayectoria de su autora deja poco margen para la sorpresa: hasta diciembre de 2023, Razzini fue creadora y presidenta del Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB), una organización que impulsó litigios para frenar protestas y bloqueos sindicales. Ahora, desde el Congreso, vuelve a la carga con un proyecto calcado del enfoque empresario más duro, en línea con el DNU 70/2023 y el decreto 340 del gobierno de Javier Milei, ambos frenados por la Justicia. 

El texto arranca por limitar quiénes pueden convocarla: la titularidad del derecho de huelga quedaría "exclusivamente" en manos de sindicatos con personería gremial. Cuando no exista ese gremio, podrá hacerlo uno inscripto, pero sólo si acredita "una representación mayoritaria absoluta" bajo un mecanismo de constatación definido por el propio Poder Ejecutivo. La convocatoria, además, deberá aprobarse en una asamblea especialmente citada con tres días de anticipación. El proyecto es tajante: el incumplimiento de este requisito "vicia de nulidad la convocatoria" y convierte cualquier medida en "ilícita e ilegítima". 

En ese caso, el empleador queda habilitado a aplicar sanciones disciplinarias y promover acciones civiles y penales contra la entidad sindical y sus dirigentes. La exigencia no termina ahí: toda medida de fuerza deberá notificarse con un preaviso "fehaciente" de siete días hábiles, detallando causas, alcance territorial, inicio, modalidad y personal involucrado. Y una vez presentado, la autoridad laboral convocará automáticamente a una conciliación obligatoria de 10 días, período en el que las partes deben abstenerse de cualquier medida de fuerza. Si no se cumple este proceso, la huelga será ilegítima y sancionable.

Martín Menem, la diputada Verónica Razzini y Patricia Bullrich

Uno de los aspectos más controvertidos es la ampliación del catálogo de "modalidades ilícitas". El proyecto considera ilegítimos los bloqueos, piquetes y ocupaciones de edificios, pero también figuras históricas de lucha sindical como las huelgas rotativas, sorpresivas, el trabajo a reglamento, los quites de colaboración o el llamado "trabajo a desgano". Es decir: las formas de protesta no violentas, que buscan presionar sin detener totalmente la producción, quedarían criminalizadas. 

El proyecto afirma: "La ocupación de establecimientos no es huelga; es una vulneración directa del derecho de propiedad". Y agrega: "Los piquetes y bloqueos no son huelga; son acciones que vulneran el derecho a la libre circulación". La comisión de estas conductas habilita al empleador a aplicar "las máximas sanciones disciplinarias" e incluso extinguir el vínculo laboral con justa causa, además de promover acciones civiles y penales contra los trabajadores.

El texto también instala un principio insólito: durante la huelga -aun cuando sea declarada "procedente" o cuando la causa sea imputable al empleador- el trabajador no devengará remuneración alguna. Y aclara que la falta de pago "no podrá considerarse sanción, práctica antisindical ni represalia". Además, declara "nulas de nulidad absoluta" todas las cláusulas de convenios colectivos que obliguen a pagar salarios caídos en medidas de fuerza, una práctica reconocida y aplicada en múltiples acuerdos sectoriales. Esto constituye un golpe directo al sistema de negociación colectiva.

El gobierno de Javier Milei trató de limitar el derecho a huelga

La iniciativa endurece aún más las restricciones en servicios esenciales: salud, electricidad, agua, entre otros. Allí, la huelga no podrá implicar "interrupción total" del servicio y deberá garantizarse una cobertura mínima del 75 %. Pero lo más grave es el salto conceptual: crea la categoría de "servicios de importancia trascendental" -transporte público, educación obligatoria, banca y finanzas, combustibles, telecomunicaciones, justicia- donde deberá asegurarse un 50 % de la actividad normal. En otras palabras: la protesta en sectores clave de la economía y la vida cotidiana quedaría condicionada al punto de volverse prácticamente simbólica.

Este diseño reproduce casi literalmente las restricciones que Milei intentó imponer vía DNU y que los tribunales declararon inconstitucionales. El proyecto regula incluso las asambleas, prohibiendo que se realicen sin autorización previa del empleador. De lo contrario, serán consideradas una "medida de acción directa encubierta e ilícita". El texto sostiene que una asamblea no puede interferir con la "ejecución normal" del trabajo ni con las facultades de organización del empleador, y que la participación en reuniones no autorizadas podrá considerarse "falta laboral grave" con posible despido con justa causa.

En su exposición de motivos, Razzini afirma que la regulación del derecho de huelga es una "necesidad imperiosa" y que su proyecto está en línea con los marcos normativos de España e Italia. También asegura que "la OIT no promueve un derecho de huelga irrestricto; valida la necesidad de su regulación". Sin embargo, la comparación es parcial: ni España ni Italia penalizan figuras como el trabajo a reglamento o los quites de colaboración, ni imponen niveles de cobertura del 75 % en servicios esenciales.  Tampoco autorizan a los empleadores a despedir por participar de una asamblea no autorizada. 

Los trabajadores del INTI en su protesta contra el decreto que los desregula

El proyecto, en cambio, utiliza esas referencias para justificar un recorte drástico del derecho constitucional, citando incluso la jurisprudencia del fallo "Orellano", que reafirmó la titularidad sindical pero no autorizó la criminalización de la protesta. La lista de firmantes (Alejandro Bongiovanni, Sabrina Ajmechet, Germana Figueroa Casas, Ricardo López Murphy, Martín Tetaz, entre otros) confirma que el proyecto representa el consenso del ala más dura del oficialismo en materia laboral. En nombre de la "seguridad jurídica", la iniciativa pretende redefinir la huelga como un mecanismo excepcional, fuertemente regulado, casi ceremonial y sin capacidad real de presión.