La decisión del juez José Augusto Páez Almonacid de sobreseer a los cuatro exjugadores de Vélez Sarsfield acusados de abuso sexual en grupo ha generado una fuerte reacción por parte de la querella, encabezada por la abogada Patricia Neme que sigue de cerca la causa de Luli, el pseudónimo de la denunciante.
El fallo, que exime de responsabilidad penal a Sebastián Sosa, José Florentín Bobadilla, Braian Cufré y Abiel Osorio, se basa en la presunción de que el encuentro fue consensuado, pero deja en el aire interrogantes sobre las pruebas ignoradas y las implicancias de este caso para la justicia en casos de violencia sexual.
El caso se remonta al 6 de marzo de 2024, cuando una joven tucumana denunció haber sido abusada sexualmente en el hotel Hilton donde el plantel de Vélez se encontraba concentrado tras un partido contra Atlético Tucumán. Según su relato, fue invitada por Sosa y, tras compartir bebidas alcohólicas, sufrió agresiones sexuales por parte de los otros tres implicados. A pesar de la gravedad de la denuncia, la resolución judicial genera críticas por la falta de análisis profundo de las pruebas presentadas.
Desde la querella, Neme y su equipo señalaron múltiples irregularidades en el proceso. Según la abogada, "valoró solo una prueba de teléfonos de las testigos que también estamos por impugnar. Solo habló de chats de amigas que dijeron que a ella no la violaron".
Además, enfatizó que no se consideraron elementos clave como pericias médicas y biológicas, evidencia digital, registros de comunicaciones y testimonios que podrían haber aportado claridad al caso.
El juez Páez Almonacid argumentó que las pericias telefónicas y el informe psicológico fueron determinantes para concluir que se trató de una relación consentida. Sin embargo, desde la querella se cuestiona esta interpretación y se adelanta que el fallo será apelado: "La resolución es prematura y no se alcanzó el estándar legal de certeza negativa exigido para un sobreseimiento", afirmó Neme.
La querella también subrayó que este tipo de decisiones puede implicar revictimización y violencia institucional contra quienes denuncian abusos sexuales. Es en esa misma línea que destacaron la importancia de cumplir con los estándares establecidos en la Ley 27.732 de Protección de Víctimas y la Ley 26.485 contra la violencia hacia las mujeres.
Por otro lado, como para dejarles las condiciones más cómodas a los acusados, el juez dispuso devolver las cauciones económicas impuestas a los jugadores y rechazó investigar el accionar de los querellantes. Sin embargo, ordenó remitir copias del expediente a la Justicia Federal para evaluar posibles delitos relacionados con el diputado nacional Carlos Cisneros, a quien la justicia tucumana viene siguiendo desde muy cerca y hasta cercenando la libertad de expresión con bozales legales con los que los medios de comunicación no pueden siquiera cuestionar el accionar de los magistrados.
El camino para la justicia de la denunciante de los jugadores de Vélez es largo y recién parece empezar. Mientras la querella prepara su apelación, las preguntas sobre la validez del proceso y el tratamiento de las pruebas continúan resonando. Todavía no hay justicia para Luli.