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Fuertes con los débiles

Una Justicia a medida: rechazaron el amparo de Ian Moche para que Javier Milei borre el tuit en su contra

Resolvieron que el posteo no agredía de forma directa al niño ni era un acto estatal.

18 Agosto de 2025 14:10
La Justicia le avaló a Javier Milei el ataque mediático al menor autista y señaló que fue todo contra Paulino Rodrigues.

El juez federal Alberto Recondo, al mando del Juzgado Federal N° 4, falló en contra del amparo presentado por Marlene Florencia Spesso, mamá de Ian Moche, el niño de 12 años autista que pedía que el presidente Javier Milei borre un retuit agresivo en su contra, en el marco de la pronunciación pública que hizo en contra del ajuste en el sector de Discapacidad. La decisión judicial aseguró que no había una acción estatal en esa decisión presidencial y que la publicación en sí no era agresiva para el menor.

El posteo en cuestión era una crítica al periodista Paulino Rodrigues, a quien el mandatario bautizó como "pautino" en relación a la pauta publicitaria de sus producciones. Pero dentro de ella se veía al menor, a quien señalaban como parte de una operación kirchnerista. La acción judicial, en ese sentido, avaló que desde las redes sociales se pueda decir cualquier cosa sin importar el grado de certeza o comprobabilidad de la acusación.

Ian Moche en el programa de Mirhta Legrand

Sin importarle esa lógica, el juez Recondo aseguró que prohibir la publicación implicaría una censura y, por ende, estaría en contra de lo establecido en la Constitución nacional. ¿Al presidente? No, al autor original. Una cuenta anónima llamada Hombre Gris, por las profecías de Benjamín Solari Parravicini, que se dedica a dispersar fake news y agresiones desmedidas en las redes sociales. 

"Pautino siempre del lado del mal. No falla nunca al momento de operar en contra del gobierno. Siempre del lado de los kukas...", había escrito Milei en la republicación, sin mencionar a Moche de forma directa. Si bien el amparo era porque se violaban los artículos 13 y 16 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, que representan el interés superior del niño y su derecho al honor, el magistrado decidió que ninguno de estos valores habían quedado en juego en el posteo que retuiteó Milei, ya que la crítica era contra el periodista.

El tuit de la discordia de Javier Milei, por el cual Ian Moche lo denunció.

En ese sentido Recondo aprovechó para sentar jurisprudencia que defienda a Milei de cara a la estafa Libra. El juez determinó que la cuenta @JMilei es personal, ya que fue creada en 2015 y verificada en el año de su asunción. Su argumento es que no es un canal de comunicación institucional de acuerdo a lo definido por la Secretaría de Comunicación de la Nación y la Resolución 13345-E/2017. De nada importó que fuera la plataforma en la que más mensajes envía a la población.

"No todo lo que opina un presidente es un acto de gobierno", fue la frase del fallo que sintetizó la postura de la Justicia, que utilizó el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y otra jurisprudencia local para definir la acción defensiva del menor como una censura previa. Además, afirmó que no es su lugar ser "árbitro de disputas mediáticas" y le impuso las costas del proceso a la madre de Moche.