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Ley del Arrepentido: el macrismo la pondrá a debate en el Congreso

La titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso, recordó que fue una de las promesas del presidente Mauricio Macri. ¿Cuáles son las condiciones para que un imputado pueda ser un "arrepentido"?

26 Marzo de 2016 20:44
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"Como imputado puedo callarme, pero como testigo no puedo mentir". La respuesta de Federico Elaskar a Alejandro Fantino en realidad era un mensaje al nuevo Gobierno. El ex dueño de SGI, luego conocida como "La Rosadita", está dispuesto a aportar datos sobre la "Ruta del dinero K", pero quiere un trato preferencial en la Justicia. No es el único dispuesto hablar.

Elaskar aprovechó la entrevista con Fantino para mostrarse "arrepentido" de la "Ruta del dinero K".

Por esto mismo, la titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso, adelantó hoy que trabaja para enviar la próxima semana un paquete de leyes anticorrupción para ser debatidas en el Congreso de la Nación: "Mauricio Macri lo pidió expresamente cuando asumió el 10 de diciembre como presidente". E insistió en la apertura de las sesiones ordinarias.

Alonso, la

La titular de la Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso, trabaja en un paquete de leyes anticorrupción.

El "arrepentido", según precisó la ex diputada nacional por el PRO, podría gozar de una reducción de su pena de entre un tercio del mínimo y la mitad del máximo. "Creo que es una medida que ayudará a los jueces a agilizar las investigaciones". También podría presentar un proyecto para decomisar los bienes obtenidos a partir del ilícito.

El presidente Macri se pronunció varias veces a favor de las leyes del Arrepentido y del Decomiso de Bienes.

Para eso, el imputado, que podría realizar la denuncia a través de la reserva de su identidad contemplada en el Programa Nacional de Protección de Testigos, debería brindar información "útil, precisa y comprobable". El encargado de aplicarla sería el Ministerio Público.

Condiciones para ser un "arrepentido": no haber sido parte fundamental de la asociación ilícita y dar datos útiles, precisos y comprobables".

Hasta ahora, la figura del "arrepentido" está contemplada en las leyes sobre terrorismo, narcotráfico y trata de personas. En el caso de los delitos de corrupción, no estarían incluidos los líderes de la asociación ilícita o los funcionarios sujetos a remoción mediante el juicio político. Así, no correría para Lázaro Báez, pero sí tal vez para Federico Elaskar.

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