El presidente Javier Milei anunció este jueves que buscará agilizar los procedimientos sancionatorios de la Ley 26.659 contra las empresas que realizan actividades de extracción de petróleo en las Islas Malvinas sin autorización argentina. La medida pretende acelerar los mecanismos legales e inhabilitar de manera categórica a las compañías que operan en el territorio bajo ocupación británica.
"Fortaleceremos los mecanismos de detección temprana e intercambio de información para facilitar la adopción de sanciones contra las empresas que lleven adelante estas actividades, así como contra sus accionistas, directores y proveedores. Procederemos a inhabilitar de operar en territorio argentino a las empresas involucradas, directa o indirectamente, en proyectos en las Islas Malvinas sin autorización argentina", sostuvo Milei.

"Quienes operan en nuestras islas a espaldas del Gobierno argentino tendrán que elegir entre una apuesta ilegal en un territorio disputado y una operación rentable y segura en un país soberano con reglas claras y previsibilidad. No se pueden hacer las dos cosas", agregó el mandatario.
La Ley 26.659 prohíbe a toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, desarrollar actividades hidrocarburíferas en la Plataforma Continental Argentina —que incluye las Islas Malvinas— sin contar con una habilitación otorgada por la autoridad nacional competente. Del mismo modo, prohíbe tener participación directa o indirecta en las empresas que desarrollen estos proyectos, prestarles servicios o realizar cualquier transacción sin la autorización correspondiente.
Para quienes incumplan la Ley, las sanciones incluyen:
- Inhabilitación por el plazo de 5 a 20 años.
- Cese de las concesiones hidrocarburíferas (en caso de poseerlas), que se revertirán al Estado nacional o a los estados provinciales, según corresponda.
- Cese inmediato de las exenciones, facilidades impositivas o previsionales que se le hubieran concedido.
- Prisión de 5 a 10 años, multa equivalente al valor de mercado de 20 mil a 100 mil barriles de petróleo crudo (WTI) e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena para realizar cualquier actividad comercial para el que, sin autorización de la autoridad competente, encargare o realizare cualquier actividad de búsqueda de hidrocarburos.
- Prisión de 10 a 15 años, multa equivalente al valor de mercado de 150 mil a 1.5 millones de barriles de petróleo crudo (WTI) e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena para realizar cualquier actividad comercial para el que, sin autorización, encargare o realizare cualquier actividad de extracción de hidrocarburos, o su transporte o almacenamiento.
- En el caso de las personas jurídicas, las sanciones también pueden incluir la suspensión total o parcial de actividades por hasta 10 años; la suspensión para participar en concursos o licitaciones de obras o servicios públicos por hasta 10 años, y la cancelación de la personería.