La Justicia federal absolvió al ganador de la primera edición de Gran Hermano en Argentina, Marcelo Corazza, en la acusación que pesaba sobre él en una causa por corrupción de menores, aunque la decisión no tuvo que ver con una inocencia demostrada por parte del ex productor de Telefe, sino porque los crímenes que se le imputaban ya habían prescrito. Al mismo tiempo, Francisco Rolando Angelotti Notarbartolo recibió 22 años de prisión y Raúl Ignacio Mermet obtuvo una pena de 10 años.
La decisión fue comunicada en el veredicto final por parte del Tribunal Oral Federal N° 3 que juzgaba a los sospechosos por los delitos de trata de personas, abuso sexual con acceso carnal y promoción de la corrupción de menores de 18 años, en el marco de una red de pedofilia y asociación ilícita detectada. El caso de la pena menor de Mermet tuvo que ver con que sólo fue demostrado como partícipe necesario de trata de personas.
Además de Corazza, el tribunal integrado por los jueces Javier Ríos, Andrés Basso y Fernando Machado Peloni, también absolvió a Leandro Agustín Aguiar y Andrés Fernando Charpenet, quienes estaban acusados de los delitos de trata de personas y asociación ilícita. Si bien con el ex GH la definición ya estaba tomada a comienzos de agosto cuando el fiscal general Patricio García Elorrio y el fiscal federal Nicolás Czizik, obviaron de acusarlo en su alegato, sobre los otros dos absueltos pidieron 10 años de prisión que no avaló el Tribunal.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal consideraron que los delitos que se habían adjudicado a Corazza habían prescrito por un lado, mientras que también sostuvieron que algunos elementos de los casos más recientes no estaban probados en su plenitud. Aunque en los hechos, la definición legal se sostuvo en el paso del tiempo entre las acusaciones y los juicios al respecto.

A partir de este fallo, a Corazza le removieron la tobillera eléctrica que lo acompañó desde que fue procesado, y le levantaron la prohibición de salir del país y el embargo preventivo por sobre sus bienes con los que también contaba desde que se realizó la denuncia ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) en octubre de 2022.
La causa había comenzado en el fuero ordinario y recién el 4 de de abril de 2024 el juez Javier Sánchez Sarmiento procesó sin prisión preventiva a Corazza, a pedido del fiscal Patricio Lugones. El delito era el de corrupción de menores de 13 años en concurso ideal con el delito de exhibiciones obscenas a un menor de 13 años.

