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Niegan la excarcelación de Leandro García Gómez: primer paso hacia la protección de Lourdes Fernández

El juez consideró que el agresor podría darse a la fuga o entorpecer la investigación.

28 Octubre de 2025 12:10
El momento del traslado de Leandro García Gómez
El momento del traslado de Leandro García Gómez

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 13, a cargo del juez Diego Slupski, resolvió rechazar el pedido de excarcelación de Leandro García Gómez, acusado de ejercer violencia de género contra su ex pareja, Lourdes Fernández. La decisión, que también cuenta con la firma del secretario Enrique de Schutter, se fundamenta en la gravedad de los delitos que denuncian tanto Mabel López Arias, la mamá de la cantante de Bandana como su compañera Lisa Vera pero también -y no es un detalle menor- los riesgos procesales que implica la libertad del acusado.

Lourdes denunció haber sido víctima de agresiones físicas y psicológicas durante su relación con García Gómez, iniciada al comienzo de la pandemia en 2020. Según los testimonios y los informes presentados por organismos especializados, estas situación incluyeron golpes, amenazas y entramado de manipulación y control emocional que derivó en lo que los expertos denominaron un "entrapamiento vincular", que no es ni más ni menos que una situación en la que la víctima está atrapada en un ciclo de abuso y encuentra difícil o imposible salir de la relación.

Leandro García Gómez salió a la calle a negar que estaba con Lourdes mientras la retenía en su domicilio
Leandro García Gómez salió a la calle a negar que estaba con Lourdes mientras la retenía en su domicilio

El caso se agrava aún más al considerar los antecedentes penales de García Gómez: en 2022, fue condenado, según dice el expediente al que accedió BigBang a "la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional en orden al delito de amenazas coactivas cometidas en cuatro oportunidades, desobediencia cometida en veintidós oportunidades, desobediencia en concurso ideal con amenazas coactivas, y amenazas cometidas en diez oportunidades; todo ello en concurso real entre sí"; estos antecedentes, sumados a la naturaleza violenta y manipuladora del acusado, fueron claves en la decisión judicial.

Leandro García Gómez
Leandro García Gómez

Los argumentos detrás de la resolución del juez Slupski, en línea con el dictamen de la fiscal Silvana Russi, subrayó que liberar a García Gómez representaría un riesgo significativo tanto para la víctima como para el proceso judicial. Entre los elementos destacados en el fallo se encuentran:

  1. Riesgo de fuga. Dada la gravedad de los delitos imputados —lesiones leves agravadas por violencia de género y privación ilegal de la libertad agravada— y la posibilidad de una condena efectiva, existe una alta probabilidad de que el acusado intente eludir la justicia.
  2. Entorpecimiento del proceso. Testimonios y pericias indican que García Gómez tiene un patrón de comportamiento manipulador y controlador. Esto supone un serio riesgo de que intente influir en Lourdes o en las testigos para desvirtuar sus declaraciones o evitar su colaboración con la justicia.
  3. Protección insuficiente mediante medidas alternativas. El juez consideró que las medidas alternativas a la prisión preventiva, como restricciones perimetrales o monitoreos electrónicos, no serían suficientes para garantizar la seguridad de la víctima ni para impedir que el acusado interfiera en el proceso judicial.
  4. Persistencia del riesgo para la víctima. Informes del Programa Nacional "Las Víctimas contra las Violencias" y de la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) confirmaron que Lourdes se encuentra en una situación de alto riesgo. Las evaluaciones psicológicas también revelaron una percepción subjetiva deficitaria del peligro por parte de la víctima, atribuida a la naturalización prolongada de la violencia sufrida.

Lowrdez Fernández
Lourdes  Fernández

En este caso, la resolución judicial refleja un enfoque con perspectiva de género al priorizar importantísima que priorizó el bienestar y la seguridad de Lourdes frente a los derechos procesales del acusado. Es importante destacar que ella -como muchas otras víctimas-  manifestó inicialmente reticencia a denunciar los hechos. 

No sólo negó la violencia que él ejerce sobre ella sino que, en su primera denuncia Lourdes Fernández: "Yo también fui violenta con él, no soy ninguna santa", esta frase que está en el informe del Hospital Fernández, es un claro ejemplo del impacto psicológico del abuso, donde las víctimas suelen asumir una parte injustificada de responsabilidad en los episodios violentos debido al control emocional ejercido por sus agresores. 

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