15 Septiembre de 2025 15:21
En un fallo unánime, la Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó la decisión de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había habilitado a Cristina Fernández de Kirchner a votar en las elecciones legislativas de octubre. La medida tiene un impacto directo sobre la ex presidenta, quien quedó formalmente excluida del padrón electoral por su condena en la causa Vialidad, que incluye seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

La resolución fue firmada por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, quienes recordaron que el Código Penal detalla que la inhabilitación perpetua que recibió la exmandataria incluye "la privación del derecho electoral". A su vez, el Código Nacional Electoral establece que deben ser excluidos del padrón "los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, por el término de la condena".
La Cámara consideró que la resolución de Borruto, dictada el pasado 18 de julio, no cumplía con las "condiciones mínimas" fijadas en el precedente Orazi de la Corte Suprema, que determina que este tipo de cuestiones deben tratarse en un "caso concreto, instado por petición del interesado o del Ministerio Público" y no de oficio, como ocurrió en esta oportunidad.
Además, los magistrados remarcaron que debía verificarse que la posibilidad de votar fuera "jurídica y fácticamente viable" y que se evaluara "el tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación". Con estos fundamentos, el tribunal dejó sin efecto la decisión de la jueza Borruto y ordenó que se aplique la inhabilitación electoral, tal como había solicitado el fiscal nacional electoral, Ramiro González.

En su argumentación, la CNE citó el histórico caso Procuración Penitenciaria (2016), en el que se declaró la inconstitucionalidad de normas que imponían restricciones genéricas al voto de personas condenadas, pero al mismo tiempo se pidió al Congreso "revisar la reglamentación vigente sobre el derecho de sufragio de las personas con condena penal" y se aclaró que era posible justificar la inhabilitación en ciertos casos, como los de "corrupción, crimen organizado, lavado de activos, malversación de fondos públicos, defraudación contra la administración pública, entre otros". Bajo esa premisa, la Cámara sostuvo que el camino para habilitar el voto de Cristina Kirchner no es una resolución judicial de oficio, sino un proceso legislativo que revise y eventualmente modifique el alcance de estas restricciones.

La decisión llega a poco más de un mes de las elecciones legislativas y marca un nuevo capítulo en la situación judicial y política de Cristina Kirchner. La ex vicepresidenta no podrá participar de los comicios, en línea con lo que habían reclamado el Ministerio Público Fiscal y sectores de la oposición, que pedían que se hiciera cumplir la pena de inhabilitación. Mientras tanto, la discusión sobre el derecho al voto de personas condenadas continúa abierta y dependerá del Congreso Nacional, que deberá definir si avanza o no con una regulación que contemple casos particulares y revise la aplicación automática de las inhabilitaciones.

