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Justicia declara la nulidad del protocolo antipiquetes: Patricia Bullrich en la mira

El juez federal Martín Cormick fue quien tomó la decisión.

29 Diciembre de 2025 16:14
Fotos de Rocío Bao
Fotos de Rocío Bao

En un fallo que marca un precedente significativo en la defensa de los derechos constitucionales, el juez federal Martín Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, declaró nulo el protocolo antipiquetes impulsado en diciembre de 2023 por la exministra de Seguridad, Patricia Bullrich. La medida había sido cuestionada por diversos sectores sociales y organismos de derechos humanos, entre ellos el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que presentó un amparo colectivo en contra de su implementación.

El protocolo antipiquetes, diseñado como una herramienta para regular manifestaciones y cortes de calles, autorizaba la intervención de las cuatro fuerzas federales y el Servicio Penitenciario Federal sin necesidad de una orden judicial previa. 

Represión 12 de marzo. Foto: Juan Pablo Barrientos
Represión 12 de marzo. Foto: Juan Pablo Barrientos

Su objetivo declarado era garantizar la libre circulación, permitiendo el uso de "la mínima fuerza necesaria y suficiente", graduada "en proporción a la resistencia" de los manifestantes. Además, contemplaba la identificación de todas las personas involucradas en las protestas, así como de los vehículos utilizados, con sanciones que podían incluir hasta la incautación.

No obstante, esta medida fue fuertemente cuestionada por su carácter represivo y por estar dirigida principalmente contra sectores vulnerables de la sociedad como podrían ser los jubilados y jubiladas que cobran la mínima, trabajadores despedidos e incluso hasta niños y niñas que pasaban por las inmediaciones del Congreso, centro neurálgico de las protestas. 

Represión del 14 de mayo - Foto: Rocío Bao
Represión del 14 de mayo - Foto: Rocío Bao

En su resolución, el juez Cormick destacó que el protocolo contravenía principios fundamentales establecidos en la Constitución Nacional. Citando textualmente, recordó que "ningún habitante de la Nación puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos". 

Asimismo, subrayó que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe".

Represión jubilados
Represión jubilados

El fallo también recogió los argumentos presentados por los organismos que impulsaron el amparo. Estos señalaron que el protocolo constituía "una represalia de derechos", es decir, una medida punitiva "no prevista en norma alguna" que afectaba particularmente a personas en situación de pobreza. Entre los grupos más perjudicados se encontraban jubilados y trabajadores precarizados que ejercen su derecho a manifestarse pacíficamente, como sucede cada miércoles en las inmediaciones de la Plaza de los dos Congresos.

Cormick consideró que el protocolo no solo vulneraba derechos fundamentales sino que también representaba una medida "extorsiva, dilemática y desproporcionada". Además, enfatizó que la intervención policial sin orden judicial, junto con las sanciones previstas, configuraba un abuso del poder estatal.

Patricia Bullrich
Patricia Bullrich

Este fallo histórico podría poner fin a una normativa ampliamente cuestionada por su carácter represivo. Es que en un contexto donde las desigualdades sociales se hacen cada vez más evidentes en el país de Javier Milei, la resolución del juez Martín Cormick representa un faro para quienes luchan por un país más justo e inclusivo.

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