21 Mayo de 2025 15:32

El vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció nuevos recortes a las arcas del Estado, enfocados particularmente en el área de Cultura y Derechos Humanos, donde la motosierra de Javier Milei liquidará a casi una tercera parte de los empleados. Además, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), cercenaron el derecho a huelga tras modificar el artículo de los conflictos colectivos de trabajo de la Ley de Régimen Laboral 25.877.
"De esta manera se recorta un 40% de la estructura y un 30% del personal; eso implica un ahorro de nueve mil millones de pesos anuales. La cartera ahora sí se encargará de garantizar todos los derechos humanos y no de defender un sector ideológico partidario", celebró el vocero mientras anunciaba el brutal ajuste.

En la misma tónica se expresó el ministro de Justicia, Mariano Cuneo Libarona, quien destacó que "el contexto actual exige el análisis y adopción de medidas urgentes para mejorar la estructura, funcionamiento y sustentabilidad del Estado", mientras que celebró que desde que asumió el 10 de diciembre de 2024, "ya fueron despedidos 405 empleados militantes, lo que representa el 44% del personal recibido".
Adorni aseguró que los cambios en Cultura son "con el objetivo de hacer más eficiente la gestión pública y reducir los gastos administrativos". En ese sentido adelantaron a Infobae que "se modificará el artículo que otorga autarquía al Instituto Nacional de Teatro (INT), que pasa de descentralizado a centralizado", y que el mismo pasará a tener de director nacional a Federico Brunetti.

Contra los derechos laborales
Este miércoles 21 de mayo, el Gobierno nacional dispuso por decreto cambios en la Ley 25.877 de Régimen Laboral, en particular en su artículo 24, que legisla sobre los conflictos colectivos de trabajo. A partir de su homologación, "los conflictos colectivos que pudieron afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos".
"En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio que se tratare", establece el nuevo artículo. Y continúa: "En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a todas las partes una cobertura menor al 50%".

Esta limitación traspasa una frontera que hasta el momento la legislación no había cruzado, en relación a establecer en porcentaje de actividad los límites de las acciones de fuerza gremiales. Además, el artículo dependía de una "comisión independiente" para definir nuevas actividades consideradas como "servicio esencial".