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Punto por punto, por qué la Justicia de Trabajo suspendió la reforma laboral de Milei

La Justicia aceptó el pedido de la CGT y suspendió los efectos del decreto de regulación de la economía hasta que haya una sentencia definitiva.

03 Enero de 2024 17:10
Javier Milei
Javier Milei

La Justicia del Trabajo resolvió después de muchas idas y vueltas la medida cautelar que fue solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT) para suspender las norma laborales que fueron incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, emitido por el presidente Javier Milei hace un par de semanas e implica, en primera instancia, un freno judicial a las disposiciones que pretende realizar el gobierno libertario para afectar directamente a los trabajadores. 

Javier Milei Congreso
Javier Milei Congreso

La Cámara se encontraba de feria, pero por mayoría de dos votos a uno, se adoptó la decisión sin esperar la justificación oficial en el expediente para que se respaldase dicho DNU, generando un inmediato impacto en la discusión sobre su legalidad. Sin embargo, ante esta medida, parece ser que el Gobierno no se quedará de brazos cruzados y presentará una apelación ante la Corte Suprema. 

El fallo de la Justicia de Trabajo incluyó referencias a la importancia de las "formas republicanas" y citó al jurista Juan Bautista Alberdi, al destacar la esencia del sistema laboral y advirtió además sobre la vulnerabilidad de los trabajadores en los sectores que son socialmente más postergados.  Además, la justicia insistió en la urgencia de proteger derechos de naturaleza alimentaria, fundamentando la necesidad de la medida cautelar para suspender la aplicabilidad de las modificaciones laborales del DNU hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.

"Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)",  indica el escrito judicial.

La resolución
La resolución

La resolución está firmada por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, y en disidencia, la jueza Dora González propuso trasladar el caso a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para determinar el fuero competente.

Además, el fallo cuestiona la urgencia objetiva en la adopción de las numerosas medidas que plantea el Decreto de Necesidad y Urgencia, especialmente en materia laboral al destacar que no es "urgente" ni justifica la solución inmediata a los problemas como los de generación de empleo formal. Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema", remarcó finalmente el fallo. 

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