02 Septiembre de 2015 20:25
La Sala IV de la Cámara del Trabajo confirmó que una empresa no puede controlar a sus empleados a través de sus celulares para localizarlos permanentemente: es una invasión a su privacidad.
Todo se originó en el caso de una compañía que había instalado un software en los teléfonos de sus viajantes de comercio, para localizarlos incluso fuera de la jornada laboral.
Los “vigilados” eran viajantes de comercio.
El fallo dice que eso es una "inadmisible intromisión en la esfera íntima y privada de los demandantes, en abierta violación a los derechos y garantías constitucionales". Los gastos de teléfono, además, eran cubiertos por los mismos empleados “vgilados”.
La empresa había apelado un fallo de primera instancia, argumentando que "el sistema produce reportes y no es un sistema de vigilancia". Si los empleados no querían ser localizados, podían apagar sus equipos, argumentó.
Pero la Cámara desestimó la idea, ya que con ese soft “la empresa tiene acceso, en todo momento y al instante, a información sumamente sensible como es la precisa localización geográfica de los trabajadores, incluso fuera de la jornada laboral, la cual, por lo demás, es muy flexible”.
Un freno a la localización permanente.
“La facultad de controlar la labor desplegada por los trabajadores”, recordaron los jueces, “bajo ningún concepto puede llevarse a cabo sin considerar la dignidad y la intimidad” de cada persona.