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Condenaron a un abuelo por abusar de su nieto de cinco años: no irá preso y deberá pagar el equivalente a una canasta básica

La Justicia acreditó que el hombre aprovechó un momento en que estaba a solas con el niño para abusar de él.

21 Mayo de 2026 09:41
Abusó de su nieto de 5 años y lo condenaron a 3 años de prisión en suspenso
Abusó de su nieto de 5 años y lo condenaron a 3 años de prisión en suspenso

Un estremecedor caso de abuso sexual infantil sacudió a Puerto Madryn luego de que la Justicia condenara a un hombre a tres años de prisión en suspenso por abusar sexualmente de su nieto de apenas cinco años. La sentencia fue dictada este miércoles por la jueza Marcela Pérez Bogado, quien además ordenó que el condenado realice tratamiento psicológico obligatorio, asista a talleres vinculados a violencia y cumpla con el pago de una reparación económica equivalente a una canasta básica durante los tres años de la condena.

El hecho ocurrió en 2024 en Puerto Madryn, cuando el niño se encontraba a su cuidado de su abuelo.
El hecho ocurrió en 2024 en Puerto Madryn, cuando el niño se encontraba a su cuidado de su abuelo.

Detrás del expediente judicial quedó expuesto uno de los escenarios más dolorosos y difíciles de detectar: el abuso dentro del propio núcleo familiar, cometido por alguien que debía cuidar y proteger al niño. Según acreditó la investigación impulsada por la fiscal Romina Carrizo y el funcionario Emiliano Otero, ambos integrantes de la Agencia Especializada en Violencia de Género y Delitos Sexuales, el hecho ocurrió en 2024 cuando el menor había quedado al cuidado de su abuelo.

De acuerdo con lo reconstruido durante el proceso judicial, el hombre aprovechó esa situación de vulnerabilidad para tocarle la cola al niño y besarlo en la boca. El caso comenzó a salir a la luz a partir de señales que advirtió la madre del pequeño. El niño no relató directamente lo ocurrido en un primer momento, pero sus cambios de comportamiento, expresiones y actitudes durante el juego despertaron alarma en su entorno familiar.

Fue entonces cuando la mujer decidió denunciar lo sucedido y activar la intervención judicial. Durante la investigación se realizó una pericia psicológica al menor, una prueba que terminó siendo central en el juicio. El informe profesional concluyó que el relato del niño resultaba creíble y que mantenía coherencia y concordancia a lo largo de toda la evaluación. Ese elemento fue considerado clave por la magistrada al momento de dictar sentencia.

La Fiscalía encuadró el hecho bajo la figura de abuso sexual simple, delito previsto en el artículo 119 del Código Penal, que castiga conductas de contenido sexual realizadas sin consentimiento o aprovechándose de la vulnerabilidad de la víctima. Aunque el condenado no irá a prisión de manera efectiva por tratarse de una pena en suspenso, el fallo incluyó medidas consideradas inusuales en este tipo de causas, especialmente la incorporación de una reparación económica obligatoria como parte de las reglas de conducta. La resolución judicial también establece que el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas será monitoreado por el sistema judicial.

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