por Alejo Paredes
02 Junio de 2026 19:06
La decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que reconoció que la muerte de Melín Agustina Sartori estuvo vinculada a la aplicación de la vacuna Sputnik V no sólo significó una reparación para su familia. También abrió una discusión jurídica, sanitaria e institucional que promete extenderse mucho más allá de este caso. La joven cordobesa tenía 24 años cuando recibió la primera dosis de la vacuna rusa el 15 de julio de 2021. Dos semanas después murió a raíz de una trombosis con trombocitopenia. Ahora, casi cinco años después, la Justicia determinó que existió un vínculo causal entre la vacunación y el desenlace fatal.

En ese contexto, ordenó al Estado nacional indemnizar a la familia con el equivalente a 240 haberes mínimos jubilatorios, unos 95 millones de pesos. Para la abogada Cynthia Castro, especialista en Derechos Humanos, Derecho Internacional, Derecho Penal Internacional y Psicopatologías y Neurociencias, se trata de una resolución con un alcance que excede largamente la cuestión económica. "Es un fallo de enorme relevancia jurídica porque constituye uno de los primeros antecedentes en los que la Justicia argentina reconoce expresamente la existencia de un nexo causal entre la aplicación de una vacuna contra el Covid-19 y un fallecimiento, habilitando una reparación económica", explicó.
Según la especialista, el aspecto más trascendente es que el tribunal no cuestionó la estrategia sanitaria implementada durante la pandemia, sino que reconoció que una política pública legítima puede generar daños excepcionales que el Estado tiene la obligación de reparar. "Lo importante es que el tribunal no exigió una certeza absoluta, algo muchas veces imposible en medicina, sino un grado de convicción suficiente basado en la evidencia disponible, los informes técnicos, la cronología de los hechos, la ausencia de causas alternativas más probables y, especialmente, el reconocimiento efectuado por los organismos especializados que intervinieron en el caso", sostuvo.
Precisamente ese punto podría modificar futuros litigios. Castro considera que la sentencia flexibiliza la forma de acreditar la causalidad sin eliminar la necesidad de probarla. "El fallo flexibiliza la forma de probar la causalidad, pero no elimina la necesidad de demostrar que existe una relación plausible y suficientemente respaldada entre la vacuna y el daño reclamado", afirmó. La resolución también reabrió un debate sensible sobre quién debe hacerse cargo de las consecuencias cuando una política sanitaria impulsada para proteger a millones de personas genera daños en casos excepcionales. "Cuando se condena económicamente al Estado, quien termina soportando esa carga es la sociedad en su conjunto, porque los fondos públicos provienen de los impuestos que aportan los ciudadanos", explicó Castro.

Sin embargo, la abogada advirtió que la discusión no debería agotarse en la indemnización. "Si existieron errores evitables, omisiones de vigilancia, fallas en los controles o incumplimientos de deberes funcionales, surge una pregunta inevitable: ¿debe pagar únicamente el contribuyente o también deberían responder quienes adoptaron decisiones incorrectas o incumplieron sus obligaciones?", planteó.
Uno de los puntos más delicados del expediente fue la referencia a la falta de farmacovigilancia de Sputnik V, un aspecto que incluso fue señalado por la representación legal de la familia. Para Castro, el tema merece una discusión profunda. "La farmacovigilancia fue uno de los grandes desafíos regulatorios de la pandemia en prácticamente todos los países del mundo", señaló en diálogo con BigBang.
Y agregó que, si se comprobara la existencia de deficiencias significativas en los sistemas de monitoreo, podrían derivarse distintos tipos de responsabilidades. "Desde el punto de vista político, sí podrían surgir responsabilidades de funcionarios, autoridades regulatorias o responsables sanitarios que hubieran omitido implementar sistemas adecuados de monitoreo, demoraran investigaciones relevantes o no adoptaran medidas correctivas frente a señales de alerta conocidas", dijo.

Pese a esto, aclaró que la responsabilidad penal requiere estándares mucho más exigentes. "Para que exista un delito debería demostrarse que determinadas personas conocían riesgos relevantes, ocultaron información, manipularon datos, omitieron deliberadamente controles obligatorios o actuaron con una negligencia tan grave que pudiera generar responsabilidad penal individual".
La especialista también destacó que la aprobación de emergencia de las vacunas durante la crisis sanitaria no eximía al Estado de sus obligaciones. "La aprobación de emergencia no eximía al Estado de responsabilidad. Por el contrario, cuanto mayor era la incertidumbre científica derivada de la rapidez con que fueron desarrolladas y autorizadas las vacunas, mayor era la obligación estatal de controlar, monitorear e informar", afirmó.
En ese sentido, sostuvo que la pandemia no suspendió principios básicos de transparencia y rendición de cuentas. "Toda política pública está sujeta al control judicial y administrativo. La magnitud de la pandemia no suspendió los principios constitucionales de legalidad, transparencia, rendición de cuentas ni el deber de los funcionarios públicos de actuar conforme a la verdad y al interés general".

Uno de los elementos decisivos para que la Justicia terminara reconociendo el vínculo entre la vacuna y la muerte de Sartori fue la actuación de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa), que revisó el caso y finalmente admitió la existencia de un nexo causal. Para Castro, ese reconocimiento cambió por completo el escenario judicial. "Tuvo una importancia decisiva. Uno de los aspectos más trascendentes del fallo es que el reconocimiento del nexo causal no provino exclusivamente de la familia, de sus abogados o de un perito de parte, sino del propio organismo técnico del Estado encargado de evaluar la seguridad de las vacunas", explicó.
Y agregó una reflexión que, según entiende, debería interpelar a las autoridades: "Si terminó reconociendo el nexo causal, ¿por qué ese reconocimiento llegó después de años de reclamos y de una prolongada batalla judicial de la familia?". Más allá de las responsabilidades específicas que puedan discutirse en el futuro, Castro cree que el caso deja al descubierto problemas estructurales del sistema sanitario. "El fallo también expone interrogantes sobre la capacidad del sistema sanitario para detectar, investigar, reconocer y reparar oportunamente los daños sufridos por las personas", sostuvo.
Para la especialista, la enseñanza más profunda que deja este expediente es de carácter humano: "Lo más importante que deja este caso es que las personas no son estadísticas, ni los fallecidos son simples números dentro de una política pública. Detrás de cada número existe una historia humana, una familia y una pérdida irreparable". En un contexto donde el debate sobre las vacunas suele quedar atrapado entre posiciones extremas, Castro insistió en que reconocer un daño individual no implica cuestionar la importancia de la vacunación como herramienta sanitaria.

De hecho, señaló: "Tan equivocado sería negar a las víctimas el acceso a la verdad y a la reparación por temor a afectar la confianza pública, como utilizar casos individuales para desacreditar una de las herramientas de salud pública que más vidas ha salvado en la historia de la humanidad". Y concluyó: "El verdadero equilibrio consiste en comprender que una política sanitaria necesita vacunas seguras y accesibles para la población, y mecanismos eficaces para reconocer, investigar y reparar los daños excepcionales que puedan producirse". El fallo todavía podría ser objeto de nuevas apelaciones por parte del Estado. Sin embargo, para Castro, el impacto ya está producido: no sólo porque una familia obtuvo una reparación después de años de lucha, sino porque quedó establecido un criterio judicial que podría influir en futuros reclamos vinculados a eventos adversos asociados a vacunas y, eventualmente, servir de referencia para otros países de la región.

